23 diciembre 2009

Renfe sigue poniendo trabas a la aplicación del descuento por familia numerosa

Han pasado ya seis años desde que se publicó la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE del 19). Son ya tres los años transcurridos desde que se aprobó el Reglamento de protección a las familias numerosas (BOE del 18-1-2006), aprobado por Real Decreto 1621/2006, de 30 de diciembre. Ya hace algo más de un año desde que el Tribunal Supremo (que sigue velando por el cumplimiento de la Justicia y de la Legalidad), emitiera una sentencia en la que consideraba “nulos de pleno derecho” algunos preceptos del Reglamento anterior, entre otros, el que estableció que los descuentos por familia numerosa en billetes de tren y autobús no podían acumularse a cualquier otros descuentos que pudieran existir.

Pues bien, a pesar del tiempo transcurrido Renfe sigue poniendo trabas a los descuentos por familia numerosa, que como ya os comenté anteriormente, son perfectamente compatibles con otros a los que también podamos acogernos, como el de ida y vuelta, etc.

He de aclarar que no es que se niegen a facilitarnos este derecho que ha consagrado el propio Tribunal Supremo, sino que más bien, nos ponen todas las trabas del mundo para que aquellos que podemos beneficiarnos de estos descuentos, lo hagamos de una forma asequible y fácil. Me explico. En la propia página web de la Renfe se informa del derecho al descuento por este concepto del 20% ó 50% según se trate de familia numerosa general o especial respectivamente. Si bien, en otra de las páginas se informa que no todos los beneficiarios de posibles descuentos pueden utilizar el canal más utilizado hoy día para su adquisición (Internet), de esta manera, los beneficiarios de descuentos correspodientes a las tarifas Adulto, Ida, Ida y Vuelta, Niño, Tarjeta Dorada, Carné Joven Web o Estrella, pueden conseguir sus billetes cómodamente por Internet, en cambio, si el beneficiario es un titular de familia numerosa, el trámite para beneficarse del descuento sigue siendo el siguiente:

Personándose físicamente en alguna de sus oficinas, o bien, gestionando los billetes a través de teléfono, con el consiguiente costo que ello conlleva. Como veréis, una clara discriminación expresamente intencionada para entorpecer todo lo que pueden la aplicación de este derecho.

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